La mayoría de las multas de tráfico recaen, lógicamente, sobre el conductor. Motivos, desde luego, hay un montón: por exceder la velocidad permitida, utilizar el teléfono móvil mientras conduces, no llevar puesto el cinturón de seguridad, no haber pasado la ITV, aparcar en doble fila, no respetar un paso de peatones… Pero debes saber que también hay multas para los pasajeros. Si vas de acompañante del conductor, atención a este artículo porque también tienes unas normas que cumplir.
Estas son algunas de las más habituales.
Cuando el pasajero no usa el cinturón de seguridad
En este caso, cuando un pasajero no utiliza correctamente el cinturón de seguridad de un vehículo que sí los lleva instalados, la multa recae directamente sobre él. La multa la paga el pasajero.
La multa es de 200 euros sin retirada de puntos (aunque estuviera en posesión de un carnet de conducir). Recordamos que si es el conductor el que no hace uso del cinturón de seguridad, además de 200 euros, también se queda con cuatro puntos menos en el carnet de conducir.
Si el que no lleva puesto el cinturón de seguridad o no viaja correctamente en un sistema de retención (SRI) homologado es un niño, aquí las cosas cambian. En este caso, el responsable es el conductor, quien tendrá que pagar una multa de 200 euros y se le retirarán cuatro puntos.
Esta norma no se aplica en el caso de los taxistas cuando ejercen su trabajo, por lo que éstos no son responsables del uso correcto de un SRI.
La postura dentro del coche
Los ocupantes de un vehículos están obligados a mantener una postura adecuada en el coche. Lo primero, deben de ir con el cinturón correctamente abrochado, no pueden ir tumbados en el asiento trasero, ni recostados, no pueden sacar los brazos o piernas por la ventanilla ni pueden ir con las piernas o pies apoyados sobre el salpicadero o el respaldo de los asientos traseros. Estas situaciones están prohibidas porque implican un riesgo para el pasajero: el cinturón no hará bien su papel de sujeción y en caso de frenazo brusco se puede golpear o sufrir fractura en las piernas.
En este caso es una multa referida al pasajero pero que le toca pagar al conductor como responsable de que todos los ocupantes viajen en el vehículo con una postura y comportamientos adecuados. La multa está entre 80 y 100 euros.
Arrojar objetos por la ventanilla
En este caso la responsabilidad recae directamente en el pasajero si es el que arroja a la vía o a sus inmediaciones cualquier objeto que pueda dar lugar a la producción de incendios. La multa es de 500 euros (250 euros por pronto pago) sin retirada de puntos. Si el que tira objetos por la ventanilla es el conductor, se suma a la sanción económica, seis puntos menos en el carnet de conducir. Además, tanto en el caso de pasajero como del conductor, se podría incurrir en delito según el nivel de gravedad.
La misma sanción de 500 euros tendrá que asumir el pasajero que arroje a la vía o en sus inmediaciones cualquier objeto que pueda producir accidentes de circulación. Se añade la retirada de seis puntos en el carnet si el responsable es el conductor.
Si lo que se arroja son objetos o materias que hacen peligrosa la libre circulación, parada o estacionamiento o suponen un deterioro de la zona o instalaciones, el responsable conductor o pasajero pagará una multa de 200 euros (100 euros por pronto pago).
¿Y si el pasajero molesta al conductor?
También puede darse el caso de que conductor y pasajero inicien una discusión, o que el pasajero incomode al conductor o le moleste en su tarea de conducir, le reduzca su visibilidad, su atención… En ese caso es responsabilidad del conductor detener el vehículo cuanto antes en un lugar seguro que no ocasione riesgo para otros usuarios de la vía.
Fuente: Coches.net